Título: Litigio entre Secundino Solis y Francisco Durán
Resumen:
"El texto presentado es una solicitud formal dirigida al Juez de Primera Instancia en el contexto de un litigio entre Secundino Solis y Don Francisquitó Durán. Secundino Solis argumenta que la nueva solicitud de Don Francisco Durán es una estrategia para evadir el cumplimiento de una ejecutoria previa que ordena la restitución de ciertos objetos. Solis sostiene que la solicitud de Durán es una argucia que busca eludir el apremio de cárcel que debe aplicarse hasta que se cumpla con la ejecutoria. Se menciona que este procedimiento es contrario a lo establecido en el artículo 250 del Código de Ejercito General. Además, se indica que Durán solo podrá liberarse del apremio entregando lo que adeuda, en este caso, relacionado con el pago por pastos, y que la responsabilidad de este pago recae en él y en su fiador, Don Fermin Pozo. Finalmente, Solis solicita al juez que considere su petición y actúe en consecuencia, enfatizando la malicia en la conducta de Durán y la necesidad de hacer efectivo el apremio solicitado."
Transcripción:
Señor Juez de Primera Ynstancia (sello) REPUBLICA PERUANA Secundino Solis, en autos con 1889 1890 Don Francisquitó Durán sobre el cum_ SELLO TERCERO S/O.20 plimientó de una ejecutoria, por la cual Pido que por se han mandado restituir todos los ob- lo expuesto jetos que reclamo, respetuosamente digo : se proceda que la nueva solicitud de Don Francisco de la mane- Duran, es otra argucia de la cual se ra que lo so- vale para eludir el cumplimientó de licita. la citada ejecutoria y del apremio de Cárcel que debe hacerse en su persona hasta que cumpla con la citada ejecuto- ria, y siendo este procedimientó contrario á lo que dispone el articulo 250 del [Codigo de Ejercito General] á que tanto me he referido, debe Vuestra Señoria hacer efectivo dicho apremio, del que solo podrá libertarse Duran entregan_ do todo inmediatamente, entendiéndose con Don Augusto Renner sobre el pago de lo que adeuda por pastos(sic) y para cuya responsabilidad, presenta como fia_ dor á Don Fermin [A] Pozo, siendo esto in_ eumbencia particular de ellas y la que nò debe servir de pretestó para el cumplimiento de lo ejecutoriado y del último apremio que tengo soli_ citado contra el directo responsable de la entrega de los objetós de que se trata. Por tantó A Vuestra Señoria suplico; que teniendo por deducida lo convenienté, sobre el malicioso